Universitario pedirá modificar su Estatuto Social para poder acogerse a exoneraciones tributarias

Lunes 27 de noviembre 2017 - 19:52 Hrs.     3898

Dentro de las medidas que se están implementando y ejecutando en el Club por la Administración y que contemplan un manejo responsable de los recursos económicos, implantación de procesos de compra, políticas de ahorro, puesta en valor de los activos, etc.; se encuentra aquella destinada a conseguir que Universitario de Deportes legítimamente obtenga las exoneraciones tributarias que la Ley le debe otorgar en su calidad de asociación civil deportiva sin fines de lucro.

Para ser sujeto de las exoneraciones tributarias (IGV y otros impuestos), además de poder ser perceptor de donaciones; se necesita que el Estatuto del Club contemple los requisitos y condiciones señalados en el artículo 19° de la Ley del Impuesto a la Renta. Desafortunadamente, nuestro Estatuto Social y su modificación hecha en el año 1980, no contiene los requisitos exigidos por el artículo señalado de la Ley del Impuesto a la Renta, por lo que la Administración Concursal ha solicitado a la Presidencia de la Junta de Acreedores, que convoque a Junta para los días 30 de noviembre y 5 de diciembre próximos, con el fin de modificar los Estatutos del Club y de esa manera podamos acogernos a las exoneraciones tributarias que nos otorga la Ley.

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Esta medida es urgente y necesaria, pues así evitaremos que el Club siga pagando indebidamente millones de soles al año por IGV y otros impuestos, deudas que hasta han repercutido en la parte deportiva de nuestro querido club, a través de una cuestionada resta de puntos del Torneo Clausura por orden de la Comisión de Licencias presidida por el abogado Gonzalo de las Casas, quien sostiene que el Club debe IGV.

En atención a lo mencionado, exhortamos a todos los acreedores, especialmente la SUNAT, a aprobar la modificación del Estatuto Social del Club que se propondrá en la Junta de Acreedores próxima. Cabe recordar, que de acuerdo al artículo 63° de la Ley Concursal, la Junta de Acreedores reemplaza en todas sus funciones y atribuciones a la Asamblea de Asociados, por lo que es necesario el voto favorable de todos los acreedores del Club. Sería inconcebible que algún acreedor se oponga a este pedido.

Sin perjuicio de lo anterior, llama la atención, que durante varios años de proceso concursal que la SUNAT fue Presidenta de la Junta de Acreedores del Club, no haya convocado para que la Junta modifique el Estatuto Social del Club. Cabe resaltar, que tampoco las administradoras concursales que nombró SUNAT advirtieron este grave perjuicio contra la U. De haber actuado en resguardo de los intereses del Club, se hubiera podido evitar, que Universitario de Deportes se perjudique con el pago de varios millones de soles por IGV.

 
La Administración
Lima, 27 de noviembre de 2017.

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